top of page
Foto del escritorGustavo Méndez Aguayo

DEVOLUCIONES ISR PERSONAS FISICAS.

¿Sabía usted qué, en caso de no haber recibido el depósito de su saldo a favor, puede volver a solicitarlo?


El día 30 de abril fue el vencimiento para la presentación de la declaración anual de personas físicas para el ejercicio 2023, donde teníamos dos opciones pedir la compensación o la devolución.


A la fecha, algunas personas ya recibieron en su cuenta bancaria el importe correspondiente del saldo a favor determinado en su declaración anual de impuestos su devolución, sin embargo, dicen los que saben que, a un número importante de contribuyentes le fue rechazada la devolución a que tienen legítimo derecho, por diferentes motivos, en algunos casos les están solicitando a los contribuyentes la totalidad de sus cfdis de ingresos y gastos, constancias de retenciones las cuales hoy en día surte efectos de esta constancia el cfdis, solicitud que le hacen al contribuyente en contravención a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 2do de la Ley Federal de Derechos del Contribuyente, debido a que la información solicitada ya obra en poder de la autoridad.

 

De tal suerte que si tú eres de los contribuyentes a quien le rechazaron su devolución, entonces te interesará saber cuál es el procedimiento a seguir, para que se te deposite tu saldo a favor. 


Primeramente, es importante recordar que la devolución de saldos a favor es un derecho del contribuyente, esta facilidad administrativa aplica para todas las personas físicas, quienes pueden ejercer su derecho a obtener la devolución de impuestos que está formulado en la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, artículo 2, fracción II.


Ahora bien, ¿qué se tiene que hacer si el SAT no te devolvió tu saldo a favor?


Debes contar con tu RFC y contraseña para el acceso al portal, así como tu e.firma para generar la solicitud de devolución vía el formato electrónico de Devoluciones (FED), igualmente contar con su declaración anual y tener guardados todos los xml de los gastos, ingresos, deducciones personales o el motivo del rechazo, así como los datos bancarios (cuenta Clabe) y sus últimos estados de cuenta bancarios (vigencia no más de 3 meses).


Por otro lado, si sólo recibiste una parte de lo que declaraste y no la cantidad total, el SAT indica que el saldo autorizado "podrá ser parcial cuando exista diferencia en la información correspondiente a retenedores, gastos deducibles o estímulos", puedes solicitar la devolución del remanente de tu saldo a favor, ingresando al portal del SAT y completando el Formato Electrónico de Devoluciones.


Y no es que yo sea un aguafiestas, pero debemos ser muy claros, la intención del SAT es hacerte desesperar para que desistas del derecho que tienes a la devolución y no devolverte ni un centavo.


Comments

Rated 0 out of 5 stars.
No ratings yet

Add a rating
bottom of page